1. ¿Quiénes pueden readquirir la ciudadanía italiana con esta nueva ley?
✅ Podrán readquirirla quienes:
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Hayan nacido en Italia o hayan residido legalmente en territorio italiano durante al menos 2 años continuos, y
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Perdieron la ciudadanía italiana antes del 16 de agosto de 1992, como consecuencia de:
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Naturalización en otro país,
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Renuncia expresa,
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O por aplicación de los artículos 8 (numeri 1 e 2) o 12 de la Ley 555/1912.
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🔁 Si la pérdida de la ciudadanía ocurrió después del 16 de agosto de 1992, no se aplica esta modalidad extraordinaria. En ese caso, el procedimiento ordinario requiere fijar residencia en Italia y declarar la voluntad de readquirir la ciudadanía ante el funcionario de stato civile del Comune correspondiente.
2. ¿Debo viajar a Italia para hacer el trámite?
❌ No.
Gracias a la reforma de 2025, podrás presentar tu declaración de readquisición directamente en el consulado italiano de tu lugar de residencia en el extranjero.
✅ No es necesario viajar ni residir actualmente en Italia.
3. ¿Cuál es el plazo para presentar la solicitud?
📅 Puedes presentar la declaración de voluntad entre el 1 de julio de 2025 y el 31 de diciembre de 2027.
⚠️ Es un plazo extraordinario y temporal. Si no actúas dentro de este período, podrías perder esta oportunidad legal única.
4. ¿Qué costo tiene el trámite?
💶 El trámite tiene un costo consular de 250 euros, conforme al artículo 7-ter del Decreto Legislativo N.º 71/2011, modificado por la reforma.
💳 El pago debe realizarse al momento de presentar la solicitud ante el consulado.
5. ¿Debo demostrar algún vínculo actual con Italia?
🛂 No necesitas residir actualmente en Italia, pero sí debes acreditar haber nacido allí o haber residido legalmente al menos 2 años continuos en el pasado.
📄 Documentos válidos incluyen:
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Acta de nacimiento italiana,
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Certificados de residencia histórica,
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Cédulas de identidad italianas antiguas,
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Certificaciones anagráficas.
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6. ¿Y si perdí la ciudadanía siendo menor de edad por naturalización de mis padres?
👦 También puedes readquirirla.
La reforma contempla los casos de hijos que perdieron la ciudadanía de forma derivada por naturalización de uno o ambos padres.
➡️ Basta con que presentes personalmente tu propia declaración de voluntad.
7. ¿Puedo presentar la solicitud en nombre de un familiar fallecido?
⚠️ No.
La declaración de voluntad es estrictamente personal e intransferible.
🔒 No se permite presentar la solicitud en representación de personas fallecidas ni mediante apoderados.
8. ¿Mis hijos también obtienen la ciudadanía conmigo?
👨👧 Solo si son menores de edad al momento de la declaración y se cumple alguna de estas condiciones:
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Tú has residido al menos 2 años en Italia y el menor nació en Italia, reside legalmente contigo desde el nacimiento y tiene menos de 2 años de edad.
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🔺 Si el menor tiene más de 2 años, vive y nació fuera de Italia, deberá tramitar su ciudadanía por su cuenta en el futuro, según las reglas vigentes.
9. ¿Qué documentos debo presentar?
📁 Lista básica de documentos:
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Acta de nacimiento italiana o prueba de residencia legal por 2 años continuos en Italia.
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Documento de identidad vigente.
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Acta de naturalización o renuncia, si aplica.
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Formulario de declaración de voluntad consular.
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Prueba de residencia actual.
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Comprobante de pago (250 €).
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10. ¿Esta medida es definitiva?
🕰️ No. Se trata de una medida excepcional, temporal y condicionada a la reforma de 2025.
📆 Su vigencia está limitada hasta el 31 de diciembre de 2027, salvo nueva disposición legal que prorrogue el plazo.
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